Artículo 8°. Las normas vigentes de la Universidad respecto al comportamiento que los alumnos deben tener en ella, son aplicables en la Biblioteca.
Artículo 9°. Dentro del espacio de Biblioteca queda prohibido:
I. Fumar.
II. Introducir alimentos y/o bebidas.
III. Mutilar o dañar el material y equipo.
IV. Tirar basura.
V. Emplear palabras altisonantes.
VI. Realizar exámenes de cualquier índole.